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Juárez y su drástica ley para castigar los delitos

“México, país salvaje, cruel e incontrolable”, dijera el artista oaxaqueño Francisco Toledo. Y tenía toda la razón porque en la actualidad a través de la guerra entre cárteles hemos conocido los asesinatos más horrendos, insensibles y perturbadores entre mexicanos.

Que si siempre hemos sido así, seguramente, porque desde las culturas prehispánicas se conoce de la barbarie que hacían con los enemigos que capturaban, y que iban desde sacarle el corazón estando vivo o degollarlo para beberse la sangre como parte de un sacrificio.

Tal vez por eso el 23 de enero de 1867, Benito Juárez, decretó una ley drástica para castigar con pena de muerte desde la traición a la nación al robo con violencia y secuestro.

En el decreto señala que los delitos contra la independencia son: invasión armada; servicio voluntario de mexicanos en las tropas extranjeras; invitación hecha por mexicanos o residentes o súbditos de otras potencias para invadir el territorio nacional o cambiar su forma de gobierno; complicidad en la preparación de la invasión y, en el caso de verificarse, contribuir con los invasores. Entre los delitos contra el derecho de gentes, señala la piratería y el comercio de esclavos, atentar contra ministros extranjeros y la leva.

En la parte que se refiere a la paz pública: rebelión contra las instituciones públicas o contra las autoridades legítimas, atentar contra la vida del presidente o sus ministros, sedición, desobediencia a las autoridades, asonadas, alborotos públicos y conspiración, entre otros.

En lo que corresponde a las garantías individuales, constan como graves delitos: el plagio, la violencia ejercida en el robo, el ataque a mano armada aunque éste resulte frustrado. Señala también, que la autoridad militar es la única competente para conocer de los delitos especificados en esta ley.

Las penas son severas: en casi todos los casos son de muerte; las de secuestro también, con la instrucción de que si los delincuentes son “cogidos in fraganti, […] serán identificadas sus personas y ejecutados en el acto”.

Este decreto, es publicado en el momento en que las fuerzas de España, Francia e Inglaterra, están invadiendo el territorio nacional para obligar al gobierno al pago de la deuda externa. Esta es la Ley que años después, en 1867, aplicarán los republicanos en el juicio correspondiente a Maximiliano, Miguel Miramón, Tomás Mejía, Ramón Méndez y Santiago Vidaurri, entre otros de los que atentaron contra la Nación Mexicana durante la intervención francesa.

Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.

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